Un Convenio Regulador es un documento firmado por los cónyuges que deciden divorciarse de mutuo acuerdo.
En dicho documento se van a acordar las medidas personales y patrimoniales del divorcio.
Es de obligado cumplimiento después de la ruptura matrimonial.
Su contenido es muy importante, ya que establece derechos y obligaciones a largo plazo y por eso debe redactarse con la asistencia de un abogado de divorcios.
Nuestro Código Civil atribuye a los cónyuges la facultad de regular los efectos derivados de su superación o divorcio. Para ello requiere que estos se consignen en un convenio regulador, que será pactado por ambos cónyuges.
El convenio regulador debe ser aprobado por el Juez o por el Notario, en caso de divorcio express.
De modo que está sometido a cierto control que trata de salvaguardar:
- Los derechos de ambos cónyuges. Así, a falta de acuerdo el Juez no aceptará un convenio que perjudique a una de las partes.
- El interés y los derechos de los menores. En caso de que el matrimonio tenga hijos comunes es obligatoria la intervención del Ministerio Fiscal en su separación. El Fiscal protegerá el interés de los menores, que debe prevalecer al de sus progenitores.
CONTENIDO DEL CONVENIO REGULADOR
El artículo 90 del Código Civil determina el contenido mínimo del Convenio Regulador, que incluye:
- Respecto a los hijos, los regímenes de patria potestad, guarda y custodia, visitas y comunicaciones.
- Respecto del patrimonio común, la distribución de las cargas y, en su caso, la liquidación del régimen económico matrimonial. También el uso de la vivienda familiar y el ajuar, en caso de que no se vendan estos bienes.
- Respecto de otros efectos económicos es importante que en el Convenio Regulador se regulen la pensión compensatoria, en caso de que la haya y la pensión de alimentos, en caso de que la custodia sea en exclusiva para uno de los progenitores. También el reparto de los gastos extraordinarios de los menores.